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PROVINCIALES

10 de agosto de 2021

Surgen nuevos posicionamientos por el veto a la "Cláusula Aybar", dentro y fuera del oficialismo

Catamarca

Dirigentes y legisladores continúan pronunciándose al respecto del veto al "Inciso Aybar" llevado a cabo por el Ejecutivo. Esta vez, el diputado provincial por el PRO, Diego Figueroa, expresó su "más enérgico repudio al proceder del PEP, quien dispuso vetar la Ley N°5702, modificación del articulo 60 de la Ley N°4640 ? Ley Orgánica Municipal y Régimen Comunal". 

En este sentido, manifestó a través de una declaración que desde el Poder Ejecutivo Provincial se sostiene que "la formulación 'nadie es culpable sin una sentencia que lo declare así' implica que solo la sentencia tiene esa virtualidad, al momento de la sentencia solo existen dos resultados: inocente o culpable, la culpabilidad debe ser jurídicamente construida y esa construcción implica la adquisición de un grado de certeza, el imputado no tiene que construir su inocencia y no debe ser tratado como culpable, y que no deben existir ficciones de culpabilidad, es decir, partes de la culpabilidad que no necesitan ser probadas”.

Siguiendo con los considerandos, se manifiesta que “en relación a ello, el veto encuentra sustento normativo en lo dispuesto en el artículo 120° de la Constitución Provincial, que establece la facultad del Poder Ejecutivo de observar en todo o en parte un proyecto de ley sancionado por el Poder Legislativo, fijando también en su última parte la posibilidad de proponer las normas sustitutivas de las observadas, todo ello dentro del plazo de 10 días de haberlas recibido, conforme lo dispuesto por el artículo 118° de nuestra Carta Magna local". 

Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, no es más que una malinterpretación de principios procesales que van orientados a garantizar la impunidad, protección y supervivencia a representantes de la alianza gobernante que, desempeñándose en cargos públicos, se encuentran seriamente comprometidos enfrentando actualmente causas judiciales.

"No se puede argumentar que la Clausula Aybar vulnere el llamado Principio de Presunción de Inocencia. En esta instancia, ya existe certeza por parte del juez de la culpabilidad y responsabilidad del imputado al que ha resuelto condenar. Carecería de toda razonabilidad que un magistrado condene, si es que considera que el imputado es inocente. Luego, es una mera ficción carente de toda sustentabilidad el sostener que la presunción de inocencia se mantiene hasta tanto la sentencia quede firme. A partir de la sentencia del juez de grado o tribunal, la única presunción, la única certeza, es la culpabilidad del imputado", manifestó. 

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