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PROVINCIALES

20 de agosto de 2021

La Corte de Justicia fijó fecha para la audiencia de casación de Naim Vera

La audiencia de expresión de agravios está prevista para el 14 de septiembre. En mayo, fue condenado a prisión perpetua.

El 14 de mayo último, la Cámara Penal de Primera Nominación halló culpable a Naim Vera (20) en el delito de “homicidio doblemente calificado por mediar una relación de pareja y por femicidio” y, en consecuencia, fue condenado a la única pena prevista al respecto: prisión perpetua, el máximo castigo. El 1 de marzo de 2020, Naim Vera asesinó a Brenda Micaela Gordillo, con quien tuvo una relación. Luego, para descartar su cuerpo, lo prendió fuego y lo arrojó en inmediaciones. A 14 meses del hecho, Vera ocupó el banquillo de los acusados y pidió perdón. 

Gonzalo Ferreras, su abogado defensor, presentó el recurso de casación. El Tribunal lo admitió y la Corte de Justicia fijó fecha para la audiencia de expresión de agravios. El 14 de septiembre, a las 9, los ministros del máximo tribunal de Justicia catamarqueño escuchará el planteo de la defensa.

Conocidos los fundamentos de la condena, el abogado había adelantado que iba a casa el fallo. Para Ferreras, hubo una “errónea calificación legal”. “Voy a seguir sosteniendo la misma línea”, había anticipado.
Los jueces de la Cámara Penal de Primera Nominación habían argumentado que Vera “la mató por ser una mujer que supuestamente estaba embarazada y le estorbaba en su proyecto de vida”. 
Además, el defensor consideró que para aplicar el agravante, el Tribunal se basó en la relación de confianza. “No importa que

Naim no la quisiera; lo determinante era que ella sí tenía sentimientos para con él, entonces había confianza y si ella confió en el él. Va a relación de pareja. Como él preanunció y la pericia dice que era un psicópata, claramente esa actitud que tomó es demostrativa de un desprecio hacia el género femenino. Se omitió todo otro contexto probatorio, en el que hicimos hincapié. Esa es la parte que sabíamos que era complicada”, señaló. 

Fundamentos
“Es indudable la existencia de un vínculo de encuentros sostenidos –al menos– de carácter sexual entre el acusado y la víctima desde el 24 de noviembre del año 2019 hasta el día de su muerte”, se señaló en los fundamentos de la sentencia. Para ello, se valoraron los testimonios de amigas y otros testigos, quienes contaron –entre otras cuestiones- que Brenda Micaela solían llamar a Vera con el mote de “El Tóxico”. 

“Estos testimonios, entre otros, sumados a la gran cantidad de mensajes vía whatsapp debidamente incorporados a debate, entre víctima y victimario, y entre estos con terceras personas, dan cuenta de un vínculo de confianza íntimo especial entre la víctima y su agresor, que estaba vigente al momento del hecho. A punto tal que hace que ella rechace una propuesta de relación sexual o de otra índole de parte de otro joven, por respetar la que estaba manteniendo con Naim Vera”, se advirtió. 

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