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INTERNACIONALES

1 de junio de 2021

El Vaticano endurece las penas por abusos sexuales: por qué es un cambio clave en los procesos contra curas

La Iglesia Católica incluyó el abuso de menores como delito en el código penal eclesiástico. Qué pasa con los casos de “Grooming”.

El Vaticano incluyó a los abusos a menores como delito en el código penal de la Iglesia católica. Es porque el Papa Francisco decidió introducir en el Código de Derecho Canónico un artículo que contempla la pedofilia, específicamente los delitos de abusos contra menores cometidos por sacerdotes, una medida largamente reclamada por las víctimas.

De este modo, se endurece la aplicación del sistema de sanciones en casos de pedofilia y de encubrimiento de los casos de pederastia, muchas veces señalado como laxo e insuficiente.

Es la revisión más amplia de la ley de la Iglesia Católica desde que el código actual fuera aprobado por Juan Pablo II en 1983.

Las nuevas normas, publicadas el martes tras 14 años de estudio, forman parte de la sección revisada del código penal del Código de Derecho Canónico del Vaticano, el sistema legal que rige a la Iglesia católica de 1.300 millones de miembros.

   

Los cambios más significativos están en dos artículos, el 1.395 y el 1.398, que pretenden corregir problemas y déficits en la gestión de abusos sexuales por parte de la Iglesia. La ley reconoce que los adultos también pueden ser víctimas de sacerdotes que abusan de su autoridad, y dicen que los legos que ejercen labores eclesiásticas pueden ser castigados por abusar de menores o adultos.

El Vaticano también penalizó el “grooming’' de menores o adultos vulnerables por parte de sacerdotes para incitarles a participar en material pornográfico. Es la primera vez que el derecho canónico reconoce oficialmente como criminal el método utilizado por agresores sexuales para entablar relaciones con sus víctimas, con regalos y otras distinciones, para luego explotarles sexualmente.

La reforma también retira buena parte de la capacidad de discreción que permitía a obispos y jerarcas de la Iglesia ignorar o encubrir los abusos, y deja claro que pueden afrontar responsabilidades por omisiones y negligencia a la hora de investigar y sancionar adecuadamente a los sacerdotes implicados en abusos.

Desde que se redactó el código actual en 1983, abogados y obispos se han quejado de que era totalmente inadecuado para gestionar los abusos sexuales a menores, ya que requería largos juicios. Las víctimas y sus defensores, por su parte, afirmaban que había demasiado poder de decisión en manos de obispos interesados en proteger a sus sacerdotes.

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